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CADIZ

Procedimiento para darse de baja

PROCEDIMIENTO PARA DARSE DE BAJA

Pueden darse de baja las personas colegiadas que actualmente no ejerzan la profesión de Trabajo Social.

 

¿Es obligatoria la colegiación para ejercer en Trabajo Social? Lee la Guía del Consejo

Para el ámbito territorial correspondiente al Estado la colegiación es obligatoria por imperativo de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales (Art. 3.2.), los Estatutos Generales y Particulares de la profesión (Art. 9.b), las Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, la Ley de Creación de los Colegios Profesionales de DTS y AA.SS (Art. 3º) y los propios Estatutos del Colegio (Art. 2.2.). Además la colegiación también se considera obligatoria para el personal de la Administración Pública según las Sentencias del TC de 17 de enero de 2013 (Andalucía), 28 de febrero de 2013 (Extremadura) y 28 de febrero de 2013 (Asturias). 

En los últimos años se han experimentado importantes variaciones en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo. La regla generales la colegiación obligatoria y única para el ejercicio de la profesión, a tenor de las normascitadas que se hallan plenamente vigentes.

  • La colegiación es obligatoria para aquellos/as profesionales que, aun trabajando para una administración pública, desempeñen también actividad profesional privada aunque sea deforma esporádica. El COTS puede ser el garante de sus derechos profesionales justamentefrente a las administraciones para las que trabajan.
  • Recientemente, varias Sentencias del Tribunal Constitucional han declarado inconstitucional la regulación de la colegiación de los funcionarios realizada por dichas Leyes autonómicas. Enrealidad el Alto Tribunal considera que la materia de la colegiación sólo podrá ser reguladapor Ley estatal.
  • Es notable la incidencia de la intervención profesional en el interés general y particularmente en los derechos fundamentales de las personas. La naturaleza de las funciones desarrolladas simplican un grado de “injerencia” en aspectos relativos a la intimidad, privacidad y vulnerabilidad de los colectivos con los que trabajamos que exigen un razonable control profesional del ejercicio que puede ser procurado mejor desde los Colegios Profesionales.

 

¿Y si soy TS pero no ejerzo, o estoy en desempleo?

Si te encuentras ejerciendo otra profesión, o en desempleo puedes darte de baja, pero ten en cuenta que la colegiación es un mecanismo de protección de tus intereses como profesional del Trabajo Social y ofrecemos información renovada, documentación, empleos disponibles, legislación actualizada, formación, descuentos por desempleo, otros descuentos por disponer de convenios de colaboración, etc. 

 

¿Cómo darse de baja?

El procedimiento para darse de baja es a través de Ventanilla Única. Debes entrar en la web del Colegio con tu correo electrónico y contraseña. Pincha de nuevo en tu dirección de correo electrónico y aparecerá abajo a la izquierda un desglose con: Resumen, Mis datos, Sociedades Profesionales, etc. De todas las opciones, escoge Solicitar baja. 

       

Se generará automáticamente un PDF que debes entregarnos firmado junto a:

- Si estás en desempleo: Vida laboral que justifique la situación de desempleo. Puedes pedir la vida laboral aquí.

- En caso de estar de alta: Contrato laboral que justifique desempeñar otra profesión. Es posible que si el contrato parezca estar relacionado con el Trabajo Social sea necesario entregar certificado de funciones emitido por la empresa contratante para aclarar la situación y demostrar que las funciones no son de Trabajo Social. 

El documento de baja generado a través de Ventanilla Única junto al justificante (Vida laboral o contrato y certificado de funciones en el caso de que fuera necesario) puedes entregarlo de una de las siguientes formas: Plaza Santa Elena, nº2 4ºPlanta (Edificio Las Calesas), 11006, Cádiz

- Por correo postal o entrega presencial: Plaza Santa Elena, nº2 4ºPlanta (Edificio Las Calesas), 11006, Cádiz

- Por correo electrónico: cadiz@cgtrabajosocial.es

La documentación debe pasar por Junta de Gobierno y validarse para que la baja colegial sea efectiva. Si la documentación no está completa o se considera que la colegiación es obligatoria, la persona solicitante no podrá darse de baja

 

 TRASLADO DE EXPEDIENTE

Si ejerces el Trabajo Social o resides en otra provincia, puedes solicitar un traslado de expediente si así lo quisieras, no es obligatorio pero sí recomendable. Si deseas trasladar tu expediente ponte en contacto con el Colegio Profesional de Trabajo Social.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Colegio Oficial de Trabajo Social de CADIZ

Plaza Santa Elena, nº2 (Edificio Las Calesas), 4ª Planta

11006, Cádiz

De lunes a jueves de 8:00h a 20:00h y viernes a través de correo electrónico.