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MURCIA

Cuestionario sobre Mediación ¡Participa hasta el 29 de septiembre!

lunes 29 de septiembre de 2025 Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia

Desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia te agradecemos que dediques unos minutos a cumplimentar este formulario.

Enlace cuestionario

Cuestionario dirigido a: Trabajadoras/es Sociales colegiadas/os Mediadoras/es

Plazo límite para cumplimentar el cuestionario: 29/09/2025.

A raíz de la aprobación de la Ley 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, se van a potenciar los medios adecuados de solución de controversias (MASC) entre los que se incluye la mediación, como requisito procesal previo para interponer demandas en asuntos civiles y mercantiles. Además, el Colegio considera fundamental promover la importancia de esta figura también en otros ámbitos (educación, salud, laboral, comunitario, servicios sociales,) tanto en la Administración Pública Local como en el Tercer Sector; y su profesionalización.

Ante este nuevo escenario, el Colegio está recogiendo información actualizada sobre el desarrollo de la mediación en la Región de Murcia, la formación que cuentan las/os colegiadas/os, y el ejercicio profesional en este ámbito por parte de los/as Trabajadoras/es Sociales colegiadas/os. Esta información servirá para tener un diagnóstico de cómo se está desarrollando la mediación en nuestra región por parte de nuestro colectivo, diseñar futuras acciones formativas que respondan a las necesidades reales y adoptar las medidas oportunas para impulsar y dar visibilidad a la mediación desde nuestro colegio profesional.
El Colegio actualmente dispone de un Listado de Mediadoras/es (Profesionales de Trabajo Social Colegiadas/os Mediadoras/es) que se difunde en su página web y en la web del Punto Neutro de Promoción de la Mediación para contratar sus servicios.

Requisitos para ser mediador/a

El/la mediador/a deberá estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior, contar con formación específica para ejercer la mediación, que se adquirirá mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que tendrán validez para el ejercicio de la actividad mediadora en cualquier parte del territorio nacional y deberá suscribir un seguro o garantía equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervenga. La formación mínima es de 100 horas, y al menos el 35% prácticas. Será necesario acreditar ante el Ministerio de Justicia el número de horas teóricas y n.º de horas prácticas. Cada 5 años deberá contar con al menos 20 horas de formación continua.

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