Cuestionario sobre Mediación ¡Participa hasta el 29 de septiembre!
Desde el Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia te agradecemos que dediques unos minutos a cumplimentar este formulario.
Cuestionario dirigido a: Trabajadoras/es Sociales colegiadas/os Mediadoras/es
Plazo límite para cumplimentar el cuestionario: 29/09/2025.
A raíz de la aprobación de la Ley 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, se van a potenciar los medios adecuados de solución de controversias (MASC) entre los que se incluye la mediación, como requisito procesal previo para interponer demandas en asuntos civiles y mercantiles. Además, el Colegio considera fundamental promover la importancia de esta figura también en otros ámbitos (educación, salud, laboral, comunitario, servicios sociales,) tanto en la Administración Pública Local como en el Tercer Sector; y su profesionalización.
Ante este nuevo escenario, el Colegio está recogiendo información actualizada sobre el desarrollo de la mediación en la Región de Murcia, la formación que cuentan las/os colegiadas/os, y el ejercicio profesional en este ámbito por parte de los/as Trabajadoras/es Sociales colegiadas/os. Esta información servirá para tener un diagnóstico de cómo se está desarrollando la mediación en nuestra región por parte de nuestro colectivo, diseñar futuras acciones formativas que respondan a las necesidades reales y adoptar las medidas oportunas para impulsar y dar visibilidad a la mediación desde nuestro colegio profesional.
El Colegio actualmente dispone de un Listado de Mediadoras/es (Profesionales de Trabajo Social Colegiadas/os Mediadoras/es) que se difunde en su página web y en la web del Punto Neutro de Promoción de la Mediación para contratar sus servicios.
Requisitos para ser mediador/a
El/la mediador/a deberá estar en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior, contar con formación específica para ejercer la mediación, que se adquirirá mediante la realización de uno o varios cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que tendrán validez para el ejercicio de la actividad mediadora en cualquier parte del territorio nacional y deberá suscribir un seguro o garantía equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación en los conflictos en que intervenga. La formación mínima es de 100 horas, y al menos el 35% prácticas. Será necesario acreditar ante el Ministerio de Justicia el número de horas teóricas y n.º de horas prácticas. Cada 5 años deberá contar con al menos 20 horas de formación continua.
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