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CADIZ

Posicionamiento de la Comisión de Servicios Sociales

viernes 6 de mayo de 2022 CPTS Cádiz

Desde el Colegio Profesional de Trabajo Social de Cádiz, concretamente desde la Comisión de Servicios Sociales, que se encuentra formada por trabajadoras sociales con experiencia en el sector, se considera hacer llegar la siguiente reflexión y análisis con respecto a la información enviada vía electrónica por parte de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación el pasado 26 de abril sobre el Servicio de Acción Comunitaria y Programas de Inserción de la Dirección General de Servicios Sociales.

POSICIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS SOCIALES DEL COLEGIO PROFESIONAL DE TRABAJO SOCIAL

Cádiz, 6 de mayo de 2022.

En el mismo correo electrónico se informa de lo siguiente:
“La irrupción de la pandemia por COVID-19 trajo consigo una situación de crisis económica y social de enorme magnitud, que se vio inmediatamente reflejada en el aumento exponencial de las demandas que la ciudadanía presentaba en la red de servicios sociales comunitarios gestionados por las entidades locales. La prevalencia de elevados niveles de demanda en la red de Centros de Servicios Sociales comunitarios hace aconsejable seguir reforzando los recursos destinados a ampliar y extender los programas extraordinarios de ayuda en materia de necesidades básicas a la población en situación de vulnerabilidad ocasionada por el COVID-19 y así garantizar las necesidades básicas de la población andaluza en situación de emergencia social, que carecen de recursos económicos.
Entre estas medidas, y según resolución de fecha 22 de diciembre de 2021 se concede una subvención de carácter excepcional a la Entidad CÁRITAS REGIONAL DE ANDALUCÍA, para la ampliación del programa extraordinario de ayuda en materia de necesidades básicas a la población en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social por el COVID-19, por una cuantía total de 10,000.000€, con una dotación específica destinada a la lucha contra la pobreza energética, posibilitar el acceso a productos y servicios de primera necesidad en relación con la vivienda, la salud, la educación, la reducción de la brecha digital así como otras necesidades básicas.
Este proyecto de Cáritas se realizará principalmente desde la red parroquial de acogida y la población beneficiaria serán todas aquellas personas y/o familias atendidas en Cáritas que por su situación de vulnerabilidad necesiten de esta ayuda, así como personas y/o familias que puedan ser derivadas a través de los Servicios Sociales Comunitarios en coordinación con la Cáritas Diocesana de la zona de actuación.
En el caso de las personas derivadas desde los Servicios Sociales Comunitarios, será necesario que exista una coordinación previa con la Cáritas de la zona y que dicha derivación venga acompañada de un informe de la situación socioeconómica de la persona o familia y con una propuesta de ayuda a asignar, que será resuelta por la persona responsable de Cáritas. Tras la tramitación de la ayuda, deberá existir coordinación entre ambas para evaluar la situación socioeconómica de la persona o familia beneficiaria.
Desde la Dirección General de Servicios Sociales rogamos vuestra colaboración para la consecución de este proyecto e instamos a la coordinación constante con la entidad beneficiaria.”

Como Colegio Profesional de Trabajo Social queremos reivindicar la figura del profesional de referencia, trabajador o trabajadora social, recogida en el artículo 31 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales Andalucía, y donde en su artículo 10.b) le reserva la prescripción de prestaciones y servicios.
Los Servicios Sociales Comunitarios son el primer punto de proximidad de la ciudadanía, también desbordados con la pandemia. Durante la misma fuimos y somos las “ucis sociales”. Actualmente, los efectos sanitarios están más controlados; no obstante, las consecuencias sociales y económicas nos siguen colapsando servicios que se encuentran totalmente desprovistos de personal, de estabilidad y de presupuestos.
Nos asombran este tipo de programas, a modo de casi, por no decir total, Servicios Sociales Comunitarios paralelos, pero con un gran matiz de beneficencia.
Bajo nuestro prisma profesional, y como Corporación de derecho público que debe defender la profesión y el Sistema Público de Servicios Sociales que tanto nos está costando construir, es inconcebible que aparezcan estos programas, más cuando existe una red de profesionales con cualificación para desarrollarlos. Además, se da un sentido de derecho de la ciudadanía y no como algo graciable. Citando textualmente la información enviada por el organismo público sobre la prestación:
“si es económica o en especie y en la medida de lo posible, facilitará la factura y el pago justificativo del gasto realizado, recibí firmado por la persona beneficiaria en el que declara que ha recibido la ayuda económica, material o equipamiento, indicando la cuantía.”

Recordamos que ya se han modificado las funciones de los Servicios Sociales Comunitarios a través de un Boja sobre medias Covid, además de otros movimientos legislativos que hacen reflexionar sobre si se está desmantelando el Sistema Público de Servicios Sociales, ya que se está convirtiendo el Sistema Público en colaborador de otras entidades, en lugar de ser el pilar básico que sustenta el Sistema.
Por todo ello, hacemos una reflexión crítica y de sentido común para no retroceder en el trabajo conseguido por los derechos de la ciudadanía a la atención por parte de un Sistema Público de calidad.
En definitiva, La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación desvincula a las personas del Sistema Público de Servicios Sociales y las desvía hacia ONGs para que sean atendidas en tales organizaciones con fondos públicos que no envían a los Ayuntamientos andaluces, cuando son estos los que, según la Ley de Servicios Sociales, tienen realmente las competencias en la gestión y concesión de las ayudas económicas necesarias para la atención de necesidades de emergencia social, familias, etc., en el contexto de un proyecto de intervención social que se lleva a cabo desde un equipo interdisciplinar y con la figura del Trabajador/a Social como profesional de referencia.
La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de la Junta de Andalucía:
1. No cumple con la Ley de Servicios Sociales de Andalucía, ignora a los Ayuntamientos andaluces y a los Servicios Sociales Comunitarios de los que estos son competentes, y apuesta claramente por la privatización de la atención de las personas usuarias bajo el paraguas de las entidades de iniciativa social.
2. Privatiza cuando potencia, impulsa y cierra convenios/acuerdos con entidades privadas y/o de iniciativa social para que atienda a las personas usuarias de los Servicios Sociales Comunitarios, en lugar de reforzar los Servicios Sociales Comunitarios con los mismos medios económicos que desvía a lo privado.
3. Desoye y no legitima a los equipos interdisciplinares de profesionales empleados/as públicos que trabajan en los Servicios Sociales Comunitarios. Prima la atención de determinadas necesidades de las personas usuarias en otros equipos de la iniciativa privada; situaciones, además, a las que se ha de dar respuesta desde los Servicios Sociales Comunitarios, los cuales no hay que olvidar, son de titularidad y gestión pública y que competen a los Ayuntamientos andaluces.

4. La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación se olvida del artículo 44 (Formas de Provisión de las Prestaciones) de la Ley de Servicios Sociales cuando incumple el mandato legal relativo a que quedan reservadas a la gestión directa por parte de las Administraciones Públicas, Comunidad Autónoma, ayuntamientos y diputaciones provinciales, según su ámbito de competencias, las prestaciones siguientes:
a) Servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento tanto en el nivel primario como en el especializado.

b) Elaboración del Proyecto de Intervención Social, su seguimiento y evaluación.

c) Ejercicio de las funciones de los profesionales de referencia y el equipo profesional de servicios sociales comunitarios.

d) Gestión de las prestaciones económicas previstas en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales.

5. En Andalucía, la Consejería ha abandonado a las personas usuarias de los Servicios Sociales. Después de más de 5 años de la entrada en vigor de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales, aun no se ha aprobado el catálogo de prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales, lo cual debió producirse en el plazo máximo de doce meses desde la aprobación de la Ley. Por ello, muchas de las prestaciones garantizadas, cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo, son exigibles y su provisión es obligatoria para las Administraciones Públicas, y siguen a día de hoy en el limbo y no tienen ese carácter de reconocimiento obligado, ni tales efectos jurídicos para las personas que las solicitan.

Accede al posicionamiento.

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